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Verkana

Tu dominio está a nombre de la agencia anterior: cómo recuperarlo

30 de septiembre de 2026


Buena parte de los rescates que nos piden empiezan igual: el cliente quiere cambiar de proveedor y descubre que su dominio no es suyo. Lo registró la agencia, a su nombre, porque era más cómodo. Se arregla, pero hay un orden, y saltárselo cuesta semanas.

1. Por qué importa a nombre de quién está

El dominio es de quien figura como titular, no de quien lo paga ni de quien lo usa. Y sólo el titular puede cambiarlo de manos o llevárselo a otro registrador. Mientras siga a nombre de la agencia, cualquier cambio pasa por ella: si responde, es un trámite; si no responde, es un problema.

2. Averigua quién es el titular

Para un .com, .net, .org y el resto de dominios genéricos, la consulta pública es lookup.icann.org. Muchas veces los datos salen ocultos por privacidad, pero al menos verás con qué registrador está y cuándo caduca.

Para un .es, la consulta pública enseña muy poco. Lo más rápido es pedírselo por escrito a quien te hizo la web: a nombre de quién está, con qué registrador y hasta cuándo está pagado. Si la respuesta tarda, eso ya es información.

3. Pide primero el cambio de titular

El orden importa. Primero se pone el dominio a tu nombre, donde esté, y después, si quieres, se traslada a otro registrador. Al revés no funciona, porque el traslado lo tiene que autorizar el titular.

En un .es, el cambio de titular se tramita con dominios.es, el registro de Red.es. Lo inicia el contacto administrativo del dominio desde el panel de su registrador; hay que acreditar la identidad (DNIe, certificado o copia del documento) y, al final, el nuevo titular, que eres tú, confirma el cambio con su propia identificación.

En un .com y el resto de genéricos, el cambio se hace en el panel del registrador. Ojo con una regla de ICANN: tras un cambio de titular, el registrador bloquea el traslado a otro registrador durante 60 días, salvo que se renuncie a ese bloqueo antes de pedir el cambio. En marzo de 2025 el consejo de ICANN que prepara estas normas aprobó eliminar ese bloqueo, pero mientras no entre en vigor sigue aplicándose. Si piensas trasladarlo enseguida, pide que marquen la renuncia.

4. Si quieres llevártelo: el código de autorización

Para trasladar un dominio de un registrador a otro hace falta un código de autorización (AuthCode o AuthInfo), que da el registrador actual al titular.

  • En los genéricos, la política de ICANN obliga al registrador a darlo en un máximo de cinco días naturales desde que lo pides, si no tiene un sistema para que lo saques tú mismo.
  • En los .es, el código es obligatorio para cualquier traslado desde el 20 de noviembre de 2024, y caduca a los diez días de emitirse: pídelo cuando vayas a usarlo.

5. Si la agencia no contesta o ha cerrado

Aquí no hay atajo técnico: por norma, el registrador sólo acepta cambios del titular. Lo que sí puedes hacer es reunir las facturas de la web y del dominio, que demuestran que el proyecto es tuyo, y pedir el cambio por escrito, con fecha. Si aun así no hay respuesta, ya es un asunto para un abogado, no para un técnico. Y vigila la fecha de caducidad: un dominio que nadie renueva acaba liberado.

6. Cómo evitar que te vuelva a pasar

  • Que el dominio se registre a tu nombre desde el primer día, con tu CIF o tu DNI.
  • Que el correo de contacto del dominio sea uno tuyo, no el de la agencia.
  • Que tengas acceso al panel del registrador, aunque no lo toques nunca.

Nosotros lo hacemos así por norma: el dominio va siempre a nombre del cliente. Si tu caso es el de este artículo y necesitas ayuda, escríbenos.

Fuentes: la política de transferencias de ICANN, la nota de dominios.es sobre el código de autorización la guía de DonDominio para el cambio de titular de un .es y, sobre la retirada del bloqueo de 60 días, la noticia de Domain Incite del 13 de marzo de 2025. Consultadas el 30 de septiembre de 2026.